PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo del EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, suscrito y presentado por los ciudadanos JORGE LUIS URDANETA POZO y SOL ANDREA PEÑA ROSALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-14.806.051 y V-29.634.544, en su orden, domiciliado el primero en Santa Ana Norte, calle 1, pasaje Pririneo, casa N° 0-52, parroquia Antonio Spinetti Dini, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, la segunda en Armenia Quindio Colombia y civilmente hábiles; a favor del padre, ciudadano JORGE LUIS URDANETA POZO, garantizando así los derechos y garantías de la niña SOLANYI SOPHIA URDANETA PEÑA, de dos(02) años de edad, F.N: 18/01/2020; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.