PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo del EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, suscrito y presentado por los ciudadanos KARELIS DEL VALLE PARRA CAÑIZALEZ y JUAN CARLOS ÁLVAREZ VARELA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-13.205.298 y V-12.776.379, en su orden, domiciliados la primera en España, y el segundo en la avenida principal del Pilar, edificio 25, piso 02, apartamento 02-02, Ejido, municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles; a favor del padre, ciudadano JUAN CARLOS ÁLVAREZ VARELA, garantizando así los derechos y garantías del adolescente CARLOS ADRIÁN ÁLVAREZ PARRA, de quince (15) años de edad, titular de la cédula de identidad N° 31.999.303, F.N.: 20/04/2007; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.