DECLARA PRIMERO: CON LUGAR la acción de DIVORCIO intentada por la ciudadana HERMELINDA RODRIGUEZ TEIXEIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.419.492, domiciliada en Vía Los Chorros, Quinta Magui, Nº 1-58, Mérida, Estado Mérida, contra el ciudadano YEIMAR IVAN CONTRERAS DUQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.316.106, domiciliado en el Sector Las Neblinas, Hernández, Estado Táchira, con fundamento en el ordinal segundo (abandono voluntario) del artículo 185 del Código Civil vigente venezolano, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unió, contraído por ante la Prefectura Civil, hoy Registro Civil de la Parroquia El Sagrario, Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha diecisiete de mayo del dos mil dos (17/05/2002), tal como consta en Acta de matrimonio signada con el N° 30.