DECLARA CON LUGAR la acción de DIVORCIO intentada por la ciudadana: ALICIA ROJAS TORO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.577.536 domiciliada en la Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, contra el ciudadano ANDRES ELOY HERNANDEZ QUIROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.504.553, domiciliado en la Urbanización La Trinidad, sector La Pedregosa, Quinta Herquir, casa n° 2-74, Municipio Libertador del Estado Mérida, con fundamento en la causal segunda referida al abandono voluntario establecida en el artículo 185 del Código Civil vigente venezolano, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial entre los ciudadanos ALICIA ROJAS TORO y ANDRES ELOY HERNANDEZ QUIROZ ambos ya identificados, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Lasso de La Vega, Municipio Libertador del Estado Mérida , en fecha veintinueve de junio de dos mil siete, (29/06/2007), tal como consta en Acta de matrimo.....