PRIMERO: inadmisible, in limine litis la Recusación planteada por el abogado Omar José Quintero, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos César Enrique Angola Torres y Claudia María Celina Vorg Morrison, parte demandada, contra la Abg. ANA THAIS NUÑEZ, en su carácter de Secretaria Titular del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida; en el expediente signado bajo el Nº 3494 de la numeración particular del referido Juzgado, contentivo del juicio que por restitución de servidumbre de paso sigue el ciudadano Marco Antonio Dávila Avendaño actuando en su propio nombre en ejercicio de sus derechos y con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Elio José Viloria Abreu, Romauro Antonio Aguilar Altuve, César Augusto Márquez Roa, Luis Felipe Rivas Estrada y Miguel Ángel Saturno Martín.