DISPOSITIVA.
En consecuencia, tomando en consideración todos los elementos de hecho y de derecho anteriormente mencionados, es por lo que éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: reaperturar la causa LP02-S-2016-002130, del archivo judicial acordado en fecha 19-04-2018. SEGUNDO: Se ordena La ACUMULACIÓN inmediata de las causas penales identificadas con el N° LP02-S-2016-002130 y N° LP02-S-2018-000116, razón por la cual, a partir del presente auto y por efecto de la presente decisión se ordena tramitar ambas causas con el LP02-S-2016-002130, por tratarse efectivamente de aquella causa penal cuyos hechos presuntamente se cometieron primero, por el investigado ciudadano FRANKI JOSE ROMERO JIMENEZ, igualmente, se acuerda acumular físicame.....