s y que se cumpla en Debido Proceso, en el caso que nos ocupa, se observa que se recibió en fecha 04-05-2023 en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) escrito de fecha 05-05-2023, mediante la cual participa orden de inicio de investigación penal signada bajo el numero fiscal MP-269316-2022, en contra del ciudadano: JOSE ARISTOBULO CARRERO CALDERON por la presunta comisión de uno de los delitos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y en fecha 04-05-2023 realizó la solicitud de prórroga prevista en el artículo 98 Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, por cuanto en fecha 11-01-2023, impuso al ciudadano: JOSE ARISTOBULO CARRERO CALDERON de las medidas de Protección y Seguridad, motivo por el cual este tribunal acuerda la prórroga solicitada. Así se decide.
DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en M.....