SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano FERNANDO RAFAEL MEJIAS MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.751.354, por intermedio de sus apoderados judiciales abogados JOSÉ GREGORIO ZERPA ROMERO y GRELIMAR DEL CARMEN MONTOYA GALLARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 9.205.809 y V- 12.203.287, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los Nros. 134.276 y 65.422, en su orden, por la nulidad del acto administrativo de efectos particulares de destitución de fecha 15 de febrero de 2012, decisión como consecuencia de expediente disciplinario Nº 41.406-11. En consecuencia, queda FIRME el acto administrativo impugnado.