En orden de los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara nulas las actuaciones realizadas por los Tribunales Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina y Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, que obra a los folios 16 al 22, a excepción de la decisión dictada en fecha 20 de julio de 2017 (folios 23 al 25), por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en Mérida, mediante la cual se declaró incompetente por la razón de la materia para decidir el presente juicio y declinó la competencia en este Juzgado y los acto.....