PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa de la prohibición de la ley de admitir la acción, opuesta por el abogado la abogada ADA JANETT DE FRENZA HERNANDEZ, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ANGELA ROSO TORO, mediante escrito presentado en fecha 13 de junio de 2017 (folios 89 al 111). SEGUNDO: Notifíquese a las partes de la presente decisión. haciéndosele saber de la publicación de dicho fallo, .