DISPOSITIVA:
En orden a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia, suficientes estas actuaciones como TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD que le corresponden a la ciudadana MARIA DEL CARMEN GONZALEZ GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V-5.511.516, domiciliada en el sector Rosa Virginia, Manzana 09, Parcela Nº 010, jurisdicción del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y civilmente hábil, asistido por la abogada Orlin Cecilia Peña, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 14.762.30.....