En consecuencia, se declara rectificada la partida de nacimiento de la ciudadana KELLY JOHANA PEREZ HERNANDEZ, anteriormente identificada en el sentido de que en lo sucesivo aparezca en el acta de nacimiento inserta bajo el Nº 705, folio 109, de los libros del año 1993, llevados por el Registro Civil de la Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida y por ante el Registro Principal del Estado Bolivariano de Mérida, que el nombre de la legítima madre de la solicitante Kelly Johana Pérez Hernández, debe ser DIOCELINA HERNANDEZ GAMBOA, y no YOSELINA HERNANDEZ GAMBOA, como por error aparece indicado en el acta de nacimiento, por lo que debe ser rectificado dicho error. Y así se decide.
Ofíciese una vez quede definitivamente firme la presente decisión, al Registro Civil del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y al Registro Principal del Estado Mérida, a los fines de que se le estampe la respectiva nota marginal, todo de conformidad a lo .....