Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por la ciudadana NAYERLITH DECIRETH PEÑALOZA LAGUADO, venezolana, mayor de edad, casada, comerciante, titular de la cédula de identidad No. 20.142.864, domiciliada en el sector La Esperanza socialista del Futuro, calle 5, casa S/n., Parroquia Héctor Amable Mora, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, y reconocida por el ciudadano RONALD JOSE RUIZ CASANOVA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula .....