Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Mandato de la Constitución y por la Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, efectuada por los ciudadanos JUVENCIO ANTONIO LOBO MARQUEZ y GLENYS MAYRELIS GUTIERREZ DE LOBO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.209.419 y V-19.096.942 respectivamente. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vinculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha siete (07) de diciembre del año 2012, por ante la Oficina o Unidad de Registro Civil del Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, según Acta de Ma.....