DISPOSITIVA
Sobre la base de las consideraciones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO intentada por la entidad bancaria BANCO PROVINCIAL S.A., BANCO UNIVERSAL, debidamente representado por sus co-apoderados judiciales abogados en ejercicio CARLOS EMILIO CASTELLANOS CARREÑO y ROSAURO JOSÉ FIGUEROA, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V- 9.463.588 y 4.651.324 respectivamente, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 48.291 y 24.954 en su orden, con domicilio procesal en el Edificio Torre Unión, piso 3, oficina 3-C, Séptima Avenida San Cristóbal estado Táchira, y jurídicamente hábiles, contra el ciudadano NAPOLEÓN MARINO RUIZ VARELA, venezola.....