Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos BERNABÉ JOSÉ VELÁZQUEZ VELÁZQUEZ y YOLIMARY BRAVO DUGARTE, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números. V- 12.351.429 y V-13.649.87, domiciliada el primero en la calle Herminia Rosas, casa 26-1, Parroquia Montalbán del Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y el segundo en la calle Industria cruce con vereda Cumbre, casa Nº 1, del sector Centro Ejido de la Parroquia Matriz del Municipio Campo Elías del Estado bolivariano de Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA DISUE.....