Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Mérida, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS DE NACIMIENTO de los Ciudadanos MARIO MARQUINA RANGEL, LINA ROSA MARQUINA RANGEL, LOLA MARQUINA DE PIÑA, RAMON ANTONIO MARQUINA RANGEL y MIGUEL ARCANGEL MARQUINA RANGEL, venezolanos, soltera la primera, casada la segunda y solteros el tercero y el cuarto, respectivamente, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-3.495.712, V-8.009.905, V-8.012.748, V-8.010.409 y V-4.486.844, en su orden, presentados por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Jaji, del Municipio Campo Elías del Estado M.....