este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por el Ministerio del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSE CELESTINO RIVAS QUINTERO, a los ciudadanos: JOSEFINA DEL CARMEN RIVAS BENCOMO, JOSE ANTONIO RIVAS BENCOMO, LISANDRO JOSE RIVAS BENCOMO y RAFAEL ANTONIO RIVAS BENCOMO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la cédula de Identidad Nºs V-15.591.485, V-20.750.400, V-23.890.167 y V-16.991.778, respectivamente, domiciliados en la población de Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, en su condición de hijos. Quedando en todo caso a salvo, derechos de terceros.