El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria (...)" ahora bien tratándose de una solicitud de Rectificación de Actas de Nacimientos, donde el solicitante de autos puede pedir en cualquier estado y grado de la causa, el desistimiento de la solicitud, pero no podrían convenirle, por tratarse de una solicitud de jurisdicción voluntaria, donde el solicitante es pate única en el proceso. Asimismo solicita el desglose de los documentos originales que rielan del folio 06 al folio 17 ambos inclusive y que se dejen en su lugar copia certificada. En consecuencia este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado; es decir, el DESISTIMEIENTO de la presente solicitud de conformidad al artículo 263, ejusden. Asimismo se acuerda el desglose del folio seis (06) al folio diecisiete (17) ambos inclusive, que se entreguen los originales al solicitante de auto, y en su lugar se agregaran copia.....