éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio Cesar Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con fundamento en el 76 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 8, 365, 369, 371 y 381, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por REVISION Y AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, que intentara en su condición de madre la ciudadana: CARLA MARLENI URDANETA GARCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.150.445; en contra del ciudadano: JOSE FRANCISCO VILLASMIL LAGUADO, venezolano, mayor de edad, .....