Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Miranda y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR de conformidad con el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la N° 1070 de fecha 09 de Diciembre del año dos mil dieciséis (2016), emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la solicitud incoada por el ciudadano: OCTAVIANO ANDRADE ANDRADE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.170.695, domiciliado en el Sector la Joya Jurisdicción de Timotes Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y hábil, en contra de la ciudadana NICOLINA LOBO ALBARRAN, venezolana, mayor de edad, casada, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad N° V-10.396.510, domiciliada en el Sector la Joya Jur.....