En merito de lo anteriormente analizado y por todos y cada uno de los razonamientos expuestos, este Tribunal de los Municipios Miranda y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara firme el Decreto Intimatorio con el carácter de Setencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el Articulo 651 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia se condena a la parte demandada en autos ciudadano JESUS ADRIAN ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.294.206, domiciliado en la Calle Bermúdez con Avenida Guaicaipuro, casa S/N, diagonal al Comedor Popular de esta población de Timotes, Municipio Miranda, Estado Bolivariano de Mérida y hábil, a pagarle a la parte demandante
ciudadana LUZ MARINA ZULBARAN CASTILLO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de ide.....