El Tribunal homologó el convenimiento suscrito por los ciudadanos: MARIA DEL CARMEN BRICEÑO BECERRA y ALVIS DE JESUS ALBARRAN VERGARA, venezolanos, mayores de edad, divorciados, estilista y agricultor, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.897.434 y V-14.598.977 respectivamente, domiciliados ella en el sector Santa Cruz de Mijará parte alta, casa s/n y él en el sector Las Porqueras ambos de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, mediante el cual acuerdan establecer la Obligación de Manutención y Bonos Especiales a favor de su hija adolescente (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de catorce (14) años de edad.-