L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hecho y de derecho que han sido en forma pormenorizada reseñados en la parte motiva del presente dictamen; ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en consecuencia; ténganse como Únicos y Universales Herederos del causante JULIO CESAR ALBURGUEvenezolano, mayor de edad, casado, titular de cédula de identidad Nº V- 1.403.803 y hábil,quien falleció ab-intestato en la Parroquia Juan Rodríguez Suarez del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida en fecha 25 de enerode 2021, según se evidencia en el Acta de Defunción Nº 09, folio 011 y vto, expedida por el Registro Civil de la.....