L A D I S P O S I T I V A
En fuerza a las razones que anteceden y en mérito al valor jurídico de los mismos, este Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: CON LUGAR la CONFESIÓN FICTA, en que incurrió el ciudadano Jorge Luis Rangel, parte demandada, por no haber realizado la contestación al fondo de la demanda en el término previsto en la ley, no promover ni evacuar prueba alguna que desvirtuara la pretensión del actor.
Segundo: CON LUGAR la demanda por RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR FALTA DE PAGO, interpuesta por la ciudadana Andrea Valentina Molina Rojas, actuando en nombre y representación del ciudadano Alvaro Alfonso Molina Paredes, asistido por el abogado Daniel Humberto Sánchez Maldonado; contra el ciudadano Jorge Luis Rangel.
Tercero: Como consecuencia del anterior.....