L A D I S P O S I T I V A
En fuerza a las razones que anteceden y en mérito al valor jurídico de los mismos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: CON LUGAR la CONFESIÓN FICTA, en que incurrió el ciudadano Mauro Javier Peña González, parte demandada, por no haber realizado la contestación al fondo de la demanda en el término previsto en la ley y no promover ni evacuar prueba alguna que desvirtuara la pretensión del actor.
Segundo: CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES POR DAÑOS MATRIALES EN ACCIDENTE DE TRANSITO, interpuesta por la ciudadana abogada Maria Isabel Batista Arévalo, actuando en su propio nombre y representación; Contra el ciudadano Mauro Javier Peña Gonzalez.
Tercero: Como consecuencia del anterior pron.....