El Tribunal ADMITE la presente solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, en consecuencia se acuerda emplazar a la ciudadana ANGELA MARÍA PINHEIRO DE CUBILLAN, brasileña, mayor de edad, de estado civil casada, titular de cédula de identidad número E- 82.284.186, domiciliada en la avenida principal La Pedregosa, Conjunto Residencial Terrazas de la Pedregosa, casa Nº 11, Parroquia Lasso de la Vega, Municipio Libertador, del estado Bolivariano de Mérida, correo electrónico gcubilla@yahoo.com y civilmente hábil, a los fines de que comparezca ante este Tribunal en el TERCER (3º) DÍA HÁBIL DE DESPACHO siguiente a aquel en que conste en autos su citación a exponer lo que a bien tenga con relación al Divorcio 185 Con Sentencia Vinculante Nº 1.070, solicitado por su cónyuge GUSTAVO EVELIO CUBILLAN OLMOS, antes identificado, asistido por los abogados OSWALDO JOSÉ GUERRERO MORALES y MIGUEL ANGEL ARAUJO ALDANA .....