Se ADMITE por no ser contraria a la Ley, al orden público y a las buenas costumbres o alguna otra disposición expresa de la Ley, la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, interpuesta por la ciudadana DAMARIS VALENTINA ARAUJO QUINTERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-6.191.895, domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida por los Abogados IDALITH CLARET FLORES y LUÍS FELIPE BASTARDO ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-12.346.391 y V- 4.492.277, e inscritos en el inpreabogado bajo los números 187.452 y 37.497, domiciliados en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábiles, se ordena como primer acto de procedimiento y antes que cualquiera otra actuación la notificación mediante boleta al FISCAL DE FAMILIA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, de conformida.....