Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR la solicitud de conversión en DIVORCIO, de la presente separación de cuerpos por mutuo consentimiento interpuesta por los ciudadanos YORYI ALEXANDER VERGARA SOSA y ANDREA CAROLINA ROSARIO BUENO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-17.455.199 y V-18.620.098, en su orden, domiciliados en la ciudad de Mérida estado Mérida y civilmente hábiles, debidamente asistidos por el abogado JESÚS GUSTAVO FEBRES SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.033.196, inscrito en el inpreabogado bajo el número 13.657, de este domicilio y jurídicamente hábil, de conformidad con el artículo 185, primer y segundo aparte del Código Civil, como consecuencia de tal pronunciamiento, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIM.....