El Tribunal ADMITE la presente solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, en consecuencia se acuerda emplazar a la ciudadana MARÍA CAROLINA ARAQUE venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de cédula de identidad número V- 8.031.193, domiciliada en la avenida 3 Independencia, calle 27,Edificio Valero, apartamento N°8, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida teléfono celular 0414- 7417661 y civilmente hábil, a los fines de que comparezca ante este Tribunal en el TERCER (3º) DÍA HÁBIL DE DESPACHO siguiente a aquel en que conste en autos su citación a exponer lo que a bien tenga con relación al Divorcio 185 (Sentencia Vinculante), solicitado por su cónyuge YOSMAN ENRIQUE ALBARRAN MOLIBNA , antes identificado, a través de su apoderada abogada en ejercicio NILDA MARÍA ROJAS DUGARTE, anteriormente identificada, y con vista de lo cual se resolverá lo conducente, siempre y.....