En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, intentada por la ciudadana ENRIQUETA MÁRQUEZ DE PARRA, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.014.582, domiciliada en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida por la abogada en ejercicio JULEYDA PARRA DE ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.346.978, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 135.082, domiciliada en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil, en sujeción a los artículos 501 y 502 del Código Civil .....