Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud formulada y consecuencialmente-declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos: MARITZA HERNANDEZ , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.222.721, domiciliada en el Sector Los Chorros de milla, invasión La Calera, Casa s/n. Parroquia Milla, Municipio Libertador, Estado Mérida, civilmente hábil, y EDGAR ENRIQUE BARRIOS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.105.694, domiciliado en el Sector Vallecito Medio, punto de referencia Taller de latonería y pintura de Eloy Lobo, Parro.....