En vista de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante SONIA TERESA VASQUEZ VASQUEZ, quien fue venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-3.840.804, falleció ab-intestato en la ciudad de Mérida en fecha 14 de octubre del 2015 y declara a el ciudadano RUBEN DARIO RAMÍREZ PULIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-2.455.282, domiciliado en el Municipio Libertador de la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida, por haber sido la persona con la que estuvo unido en matrimonio por durante varios años de la cual nacieron cuatro (04) hijos y así como a los.....