este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA,
ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES Y BASTANTES las presentes actuaciones para declararla de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, derecho que les asiste a la ciudadana: XIOMARA DEL CARMEN SÁNCHEZ JACOBO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 6.810.345, domiciliada en esta Ciudad de Mérida, y hábil, como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la causante CARMEN ELENA RODRÍGUEZ DE SÁNCHEZ, quien era venezolana, mayor de edad, viuda, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-966.899, domiciliada en esta Ciudad de Mérida, quien falleciera AB-INTESTATO en esta Ciudad de Mérida, en fecha 15 de enero de 2014, como consta en .....