DISPOSITIVA
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus leyes, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ISABEL TERESA PARRA DE PACHON, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.939.267, a los ciudadanos, EDUARDO PACHON PACHON con el carácter de esposo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.004.990, JESUS EDUARDO PACHON PARRA con el carácter de hijo legitimo venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.469.830 Y LUCYANNA CAROLINA PACHON PARRA, con el carácter de hija legitima venezolana, mayor de edad, titular de la cedula.....