DISPOSITIVA
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus leyes, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante EXEQUIEL DUQUE DUQUE, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.008.155, a la ciudadana con el carácter de cónyuge MARIA CRISTINA BUITRAGO FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-3.766.368 y a sus hijos legítimos ciudadanos FANNY YAMILEC DUQUE BUITRAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.592.285, EDUAR ENRRIQUE DUQUE BUITRAGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.592.286 y .....