DISPOSITIVA
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus leyes, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ALFONSO DE JESÙS LOAIZA GIL, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.327.776, a la ciudadana YOLANDA ISABEL RODRIGUEZ DE LOAIZA, con el carácter de esposa y a sus hijos los ciudadanos JUAN CARLOS LOAIZA RODRIGUEZ, EDUARDO ALFONSO LOAIZA RODRIGUEZ y ALFONSO JOSE LOAIZA RODRIGUEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº V- 3.788.528, Nº V- 18.964.408, V- 17.238.015, V- 19.144.242. Se dejan a salvo los derechos de terceros de acuerdo a las previsiones.....