Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, con sede en la ciudad de Tovar, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la conversión en divorcio de la separación de cuerpos. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los prenombrados cónyuges, según el matrimonio civil contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano del Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, según se evidencia del Acta de Matrimonio inserta bajoel No. 71, de fecha Veintinueve (29) de Noviembre de 2013, inserta en los libros respectivos llevados por dicho Registro, acta que corre y consta agregada en copia certificada al folio dos(02). Así se decide
PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA. DADA, FIRMADA Y SELLADA EN EL DESPACHO.....