Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR,ZEA,GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en la ciudad de Tovar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad delaLey,DECLARA: La rectificación que el Acta de Matrimonio:de los ciudadanos:"HUGO LEONEL REYES RAMIREZ y,YORLYS JANETH SALAS MORENO, venezolana, titulares de las cedulas de identidadNros , V- 10.903.925 Y V- 8.087.408, respectivamente, en cuanto al nombre y apellido de su cónyuge que aparece en el acta de matrimonio como "YORLIS JANETH SALAS MORENO", siendo lo correcto "YORLYS JANETH SALAS MORENO". "Queda así rectificada. A tal efecto, expídase por la secretaría de este Tribunal, copia fotostática certificada de la presente sentencia y junto con oficio se acuerda remitir a los organismos competentes a los fines de que se estampen las notas marginales co.....