"...este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: INADMISIBLE la SOLICITUD DE INSPECCIÓN JUDICIAL DE VEHÍCULO, interpuesta por el Ciudadano Ramón Antonio Parra Quintero, asistido por la Abogada Marielly del Carmen Rivas Rangel, en virtud que de los recaudos presentados por el solicitante, no consta el trámite administrativo correspondiente ante el SETRA (Organismo adscrito a la Dirección de Tránsito y Transporte Terrestre Nacional), relacionado con el cambio de la característica: TIPO (VOLTEO), dado por la incorporación de una cabina al vehículo objeto de la presente inspección, aunado al hecho que de los citados recaudos se infiere que la Factura de Declaración Andina del Valor, fue emitida a nombre de Inversiones "El Turro", C.A. y esta empresa a su vez, media.....