Se declara SIN LUGAR LAS APELACIONES INTERPUESTAS por los Abogados RAFAEL QUINTERO MORENO y YOLIMAR ROSALES GUERRERO, en su condición de Defensores de la co-imputada SIOLY MARÍA TORRES ZAMBRANO, y de los co-imputados JOSÉ GREGORIO OLIVO QUINTERO, HUGO EMIRO BENAVIDES MORALES y ANTONIO FRANCISCO PACHECO, contra la decisión del Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de fecha 18-04-2004, que calificó la aprehensión de los prenombrados imputados en situación de flagrancia y decretó medida privativa de libertad en su contra, por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, contra la primera co-imputada, y HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE COMPLICIDAD y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, por considerar que la decisión recurrida se encuentra ajustada a derecho.