En consecuencia, vista la oportunidad procesal para pronunciarse sobre la tramitación de la solicitud del avocamiento de la presente causa, este Tribunal de Alzada no admite la solicitud de avocamiento presentada ante esta Corte de Apelaciones, conforme a la jurisprudencia de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en un caso análogo al de autos, cuyo criterio comparte la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 612 del 18 de noviembre de 2008. En consecuencia la declara Inadmisible. Así se decide.
Cópiese y publíquese. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES
DR. GENARINO BUITRIAGO ALVARADO
PRESIDENTE ACCIDENTAL- PONENTE
DR. ALFREDO TREJO GUERRRERO
DRA. ANA TERESA FERMIN
LA SECRETARIA
ABG. YEGNIN TORRES ROSARIO
En fecha _____________ se libraron las boletas de Notificación .....