DECISIÓN
Con base a la motivación precedente, esta Corte Accidental de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por la abogada Teresa Rivero Fernández, fiscal adscrita a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de esta circunscripción judicial, en contra de la decisión emitida en fecha 18 de junio de 2012 por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 03, mediante la cual negó la orden de aprehensión solicitada por la aludida fiscalía en contra de los ciudadanos Héctor Hernán Oviedo Márquez y José Edicson Ramírez Araque, en la causa penal Nº LP01-P-2012-010856.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión apelada, en los términos ya indicados.
TER.....