DISPOSITIVA.
Se declara INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE, el recurso de apelación interpuesto en fecha 14 de Mayo del 2014, por el Abogado JOSE DANILO PEREZ, en su condición de Defensor Privado de la imputada DEYSI DAYANA PEREZ QUINTERO, en contra de la decisión dictada en fecha 08 de Mayo del 2014, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 05 del esta sede judicial, mediante la cual admitió totalmente la acusación fiscal, así como los medios de pruebas ofrecidos, ordenando la apertura a juicio oral y público, ratificando la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada en su oportunidad a la referida imputada, ello de conformidad con el artículo 428 literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal.