DISPOSITIVA.
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE el recurso de apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo ejercido por la abogada Yeraldi Gavidia, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, contra la decisión dictada en fecha 16-03-2016, por el Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de calificación de aprehensión en flagrancia de las imputadas de autos, decretó medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, consistente en presentación periódica cada quince (15) días, por ante la oficina de Alguacilazgodel Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, todode conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con lo preceptuado en .....