DECISIÓN
Con base a la motivación precedente, esta Corte Accidental de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR los recursos de apelación de autos interpuestos en fechas 15 y 19 de diciembre de 2014, por la abogada Lilimar Hermelinda Zerpa Dávila, con el carácter de defensora de confianza del co acusado Henrry José López Pérez, y por la abogada Beatriz Araujo Azuaje, con el carácter de defensora pública décima primera y como tal del co acusado José Rafael Rojas Parra, respectivamente, en contra de la decisión emitida en fecha 27/11/2014 con ocasión de la audiencia preliminar y fundamentada el 03/12/2014, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 05 de este Circuito Judicial Penal, en la cual declaró sin lugar la solicitud de nulidad interpuestas por ambas defensas, en la causa .....