Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto del Código Orgánico Procesal Penal, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por los Abogados LUIS ALFONSO CONTRERAS y ERIKA FERNÁNDEZ, en su condición de Fiscales adscritos a la Fiscalía Décimo Sexta del Ministerio Público del Estado Mérida, contra la decisión del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de fecha 10-12-2007, que acordó al acusado JESÚS ANTONIO TORO PÉREZ, medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad consistente en la presentación periódica por ante el Tribunal, cada ocho (08) días, por la presunta comisión del delito de ocultamiento ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, por considera esta alzada que la decisión apelada se encuentra ajustada a derecho.