Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE el Recurso de revisión interpuesta por la ciudadana Abogado MARIA ISABEL ODUBER CAMACHO, en su condición de Defensora Pública Suplente Décima Quinta Penal Ordinario en Fase de Ejecución de Sentencia, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Mérida, y como tal defensora de los penados MANUEL JOSE MERCADO ROJAS y NOEL DE JESUS ROJAS ROJAS, contra la sentencia condenatoria dictada en fecha 09 de Abril del 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida a tenor de lo establecido en el artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal.
Cópiese, publíquese y regístrese, notifíquese, remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.