En virtud de lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a los artículos 26, 30, 49, 51, 55 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 23 y 120, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, artículos 1, 2 ,17, 23 y 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, declara con lugar la solicitud presentada por la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Mérida, y en tal sentido, se decreta en favor del testigo (identidad omitida) las medidas de protección intraproceso supra indicadas, para lo cual el mismo quedará identificado con la siguiente numeración: 14F04-0421-09-01.
Confórmese legajo reservado de todas las actuaciones y remítanse de esa misma forma al Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Mérida, con copi.....