ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO UNO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y visto los alegatos de las partes, esto es Ministerio Público, defensa e imputado, y luego de haber revisado las acta procesales, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la aprehensión en Flagrancia del imputado de autos ALEXIS ASUNCIÓN NAVA LOBO, portador de la cédula de identidad número 10.102.621, de conformidad con el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrase llenos los extremos del mismo, y por la presunta comisión del delito por el delito de LESIONES LEVES, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 418 DEL CODIGO PENAL VIGENTE, Y ASÍ SE DECIDE. SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público en relación a la aplicación del Procedimiento ordinario, por tanto se acuerda la continuación de la presente causa bajo las pautas del mismo, de conformidad con el artículo 373, y se ordena remit.....